Universitarios a la espera de reformas que permitan realizar elecciones


Tulio Ramírez, coordinador de Postgrado de la Escuela de Educación UCV, aclara detalles sobre la “Propuesta a la Asamblea Nacional para las elecciones universitarias”, introducida ante la Comisión Educativa de la Asamblea Nacional y que supone una reforma parcial a la Ley Orgánica de Educación y de la Ley de Universidades,  a fin de que se puedan llevar a cabo elecciones universitarias.

Eliana Mariña/ Glenda González



Ramírez recuerda que la situación actual de las universidades autónomas en cuanto a la renovación de sus autoridades por la vía electoral se encuentra estancada desde el año 2010, debido a que la actual Ley Orgánica de Educación (LOE) en su artículo 34 numeral 3, introduce elementos que modifican de manera sustancial el concepto de comunidad universitaria, ampliando la participación electoral del personal obrero y administrativo.

“La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en su artículo 109 establece que la comunidad universitaria está compuesta por profesores, estudiantes y egresados, con la cualidad de ser los que eligen a las autoridades universitarias". 


Sin embargo, para el año 2009 el gobierno aprueba la Ley Orgánica de Educación (LOE) y en su artículo 34 numeral 3 amplía el concepto de comunidad universitaria,  incluyendo al personal obrero y administrativo, con el derecho de participar en la elección de dichas autoridades en igualdad de condiciones; esto contraviene al precepto constitucional del artículo 109”, opina Ramírez.


Tulio Ramírez del Vicerrectorado Académico de la UCV
               

Aclara el docente que el artículo 34 de la LOE no solo altera la conformación de la comunidad universitaria prevista en la CRBV, sino que también establece que, en cuanto a la elección de las autoridades universitarias, los votos del personal administrativo y obrero deben ser contabilizados uno a uno, ello en virtud de que establece que a tales actores se les debe garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos.

“Es indudable que tal alteración de la composición de la comunidad universitaria es inconstitucional. Se confunde el hecho de que los trabajadores de la universidad que se desempeñan en el área administrativa, de servicios y de mantenimiento pertenezcan a la comunidad, con la participación en la actividad académica que se debe llevar a cabo en estas instituciones, tal como reza el artículo 1 de la Ley de Universidades vigente.  A saber: La universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre”, acota.


Ramírez afirma que tal incongruencia de normas se ha intentado resolver a través de un recurso de nulidad por inconstitucionalidad del artículo 34 de la LOE, introducido por la Universidad Central de Venezuela ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el año 2011, pero hasta la fecha no ha sido respondido.

Ante esta situación Ramírez planteó ante la Subcomisión de Educación de la Asamblea Nacional en el año 2016, una propuesta de reforma parcial del artículo 34 de la Ley Orgánica de Educación, a fin de resolver por una vía más expedita la problemática y hacer posible las elecciones de autoridades en las universidades autónomas;  así como también proponer una reforma parcial de los artículos 25 y 30 de la Ley de Universidades, que permita ampliar la participación en los consejos universitarios de los representantes del personal administrativo y obrero.


“Desde el año 2016 esta propuesta reposa en la Asamblea Nacional, pero debido al proceso iniciado para el referéndum revocatorio ese año, y en el 2017 debido a las protestas ocurridas en el país junto al tema de las elecciones regionales, la AN no ha tenido tiempo de discutir la problemática de las elecciones universitarias.


Esto no solo ocurre en la UCV, sino también en la Universidad del Zulia, la Universidad de Carabobo, la Universidad de Oriente, la Universidad de los Andes y la Universidad Simón Bolívar”, recordó Ramírez. 


POSIBLES REFORMAS



El profesor  explica cuáles son las reformas que contribuirían a destrabar el tema de las elecciones de las universidades autónomas y la democratización en la toma de decisiones en las instituciones, donde cada universidad, en su reglamento electoral interno, establecerá los mecanismos más expeditos para hacer operativos tales mandatos legales.


¿Qué dice el artículo 34 en su numeral 3 de la actual Ley Orgánica de Educación?

Numeral 3. Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los integrantes de la comunidad universitaria.

¿Cuál es la propuesta de reforma parcial de este artículo?



Numeral 3 (reformado). Elegir y nombrar sus autoridades y designar su personal docente, de investigación y administrativo. A efectos de la elección de las autoridades, la universidad elaborará un reglamento interno que garantice la participación proporcional de estudiantes y egresados. Se elegirá un consejo contralor conformado por integrantes de la comunidad universitaria.



Crear mayor participación en el Consejo Universitario

Ramírez indica que la Reforma Parcial del artículo 34 de la LOE, debe ir acompañada de la Reforma Parcial de los artículos 30 y 25 de la Ley de Universidades vigente, a fin de lograr una mayor participación en el Consejo Universitario de los representantes del personal administrativo y obrero.

¿En cuanto a la reforma parcial del artículo 25 qué se propone?


La Ley de Universidades vigente señala en su artículo 25 lo siguiente:


Artículo 25. El Consejo Universitario estará integrado por el Rector, quien lo presidirá, los Vicerrectores, el Secretario, los Decanos de las Facultades, cinco representantes de los profesores, tres representantes de los estudiantes, un representante de los egresados y un delegado del Ministerio de Educación.

La reforma parcial de este artículo se basa en la necesidad de que en los consejos universitarios participen representantes del personal administrativo y obrero, ya que son los encargados de garantizar el buen funcionamiento administrativo y el mantenimiento de las instalaciones de estas instituciones. Estos representantes ejercerán sus funciones por un año y serán electos entre los integrantes de ese sector de los trabajadores universitarios. 

Así, el artículo reformado quedaría redactado en el siguiente tenor:
Artículo 25. El Consejo Universitario estará integrado por el Rector, quien lo presidirá, los Vicerrectores, el Secretario, los Decanos de las Facultades, cinco representantes de los profesores, tres representantes de los estudiantes, un representante de los egresados, al menos un representante del personal administrativo, técnico y de servicios, y un delegado del Ministerio de Educación.

¿Cuál es la propuesta de la reforma parcial del artículo 30 de la Ley de Universidades?

Este artículo identifica a quienes conforman el Claustro para elegir a las Autoridades Universitarias y reza:

Artículo 30. La elección del Rector, del Vicerrector Académico, del Vicerrector Administrativo y del Secretario se realizará dentro de los tres meses anteriores al vencimiento del período de cuatro años correspondientes a dichas autoridades, por el Claustro Universitario integrado así:

  1. Por los Profesores instructores, asistentes, agregados, asociados, titulares y jubilados;
  2. Por los representantes de los alumnos de cada Escuela, elegidos respectivamente en forma directa y secreta por los alumnos regulares de ellas. El número de estos representantes será igual al 25 por ciento de los miembros del personal docente y de investigación que integran el Claustro.
Se propone entonces elevar el mencionado porcentaje a un 50% para así garantizar un aumento significativo de la participación estudiantil en la elección de las autoridades. 
El artículo reformado quedaría en el siguiente tenor:
Artículo 30. La elección del Rector, del Vicerrector Académico, del Vicerrector Administrativo y del Secretario se realizará dentro de los tres meses anteriores al vencimiento del período de cuatro años correspondientes a dichas autoridades, por el Claustro Universitario integrado así:

  1. Por los Profesores instructores, asistentes, agregados, asociados, titulares y jubilados;
  2. Por los representantes de los alumnos de cada Escuela, elegidos respectivamente en forma directa y secreta por los alumnos regulares de ellas. El número de estos representantes será igual al 50 por ciento de los miembros del personal docente y de investigación que integran el Claustro.

Ramírez señaló que esta propuesta de reforma es la vía más expedita para resolver la problemática, ya que actualmente la UCV, al igual que el resto de las universidades autónomas, aún se encuentra a la espera del dictamen del TSJ en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad del artículo 34 de la LOE introducido en el 2011; o en sus defectos se debe esperar que la Asamblea Nacional promulgue una nueva Ley de Educación Superior donde se ratifiquen las elecciones por vía de reglamento interno, acorde con el artículo 109 de la CRBV.



¿POR QUÉ NO HAY ELECCIONES?: Cronología 

El 17 de mayo de 2012 la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)  emanó la sentencia Nro 83 ordenando suspender todos los procesos electorales hasta tanto las universidades elaborasen nuevos reglamentos, ajustados a la Ley Orgánica de Educación (LOE) promulgada en 2009. 

Al respecto, en un trabajo publicado en El Nacional Web titulado "Rectores a la espera del relevo", Rita Añez, rectora de la Unexpo y presidenta de la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios desde el 2004 hasta 2013,  recuerda la decisión de la Sala Electoral de "obligar" a las universidades a hacer un reglamento en 15 días:

Rita Añez, rectora Unexpo

“En 2011 se iban a realizar las elecciones rectorales de 4 universidades autónomas (UCV, UDO, ULA y LUZ) más 3 experimentales (Unexpo, UCLA y UNET Táchira), pero teníamos como precedente que en 2009 (pocos meses después de que se aprobara la Ley Orgánica de Educación) se suspendieron las elecciones de decanos. Las comisiones electorales estuvieron durante todo el año 2010 presentando recursos ante tribunales para que se reanudaran los procesos electorales de cada universidad”.


Las universidades solicitaron aclaratorias que la Sala Electoral del TSJ consideró inadmisibles y la vía que quedó fue solicitar el recurso de revisión a la Sala Constitucional, con base en el hecho de que la Ley de Educación violaba la Ley de Universidades y la Constitución. 

Fue así como la Sala Constitucional entró en el escenario para tratar de dirimir el asunto y ordena  la suspensión de efectos de la sentencia de la Sala Electoral, “a fin de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva de las partes intervinientes en el recurso contencioso electoral”, según señala la sentencia".

No obstante, entre amenazas de desacato y multas pasó 2012 sin decisión de ninguna de las dos salas y de allí en adelante el TSJ dejó los procesos electorales suspendidos en el aire".

Hasta el presente (2017) las elecciones tanto del equipo rectoral como de los decanos siguen suspendidas. 


RECTORES DISPUESTOS, PERO SIN IMPOSICIONES

Rectora de la UCV, Cecilia García Arocha-Márquez

La presidenta de la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (Averu) y rectora de la UCV, Cecilia García Arocha-Márquez, cuando es entrevistada y se le consulta sobre el tema siempre afirma que  "tiene que haber elecciones, pero bien hechas, como rige la Ley, como establece la Ley, no como quieran imponerlas...”

“Las decisiones electorales rectorales no deben ser impuestas, ni por el TSJ, ni por nadie, deben ser producto de las discusiones en consejos de facultad, de todos, para impulsar debates y llegar a acuerdos internos. No nos negamos a las discusiones y estamos abiertos a toda esta polémica”.

Agrega que se quiere imponer en las universidades la igualdad de voto. "Yo sí creo que podemos revisar, y lo hemos hecho, la inclusión de otros sectores, los obreros, los trabajadores, por supuesto que sí. Pero no pueden tener, esa es mi opinión, el mismo peso que un profesor (…) No estamos discriminando, no estamos hablando de una elección nacional donde eliges a un presidente, a un gobernador o a un alcalde, que todo el mundo vota”.

La mayoría de los rectores coincide con la visión de García-Arocha y explican que están dispuestos a revisar y modificar los reglamentos, siempre que se respete la configuración natural del claustro académico.
Jessy Divo, rectora UC
“En este caso el espíritu del legislador no pretende ser participativo y democrático porque hay categorías de trabajadores; es como si nosotros fuéramos a votar en elecciones de empleados. Cada uno tiene su configuración y los gremios tienen la potestad de decidir sus reglamentos. No se trata de imponer autoridades por las buenas o por las malas”, declara la rectora de la Universidad de Carabobo (UC), Jessy Divo, en el reportaje de El Nacional Web.

Por su parte, el rector de la Universidad de Los Andes, Mario Bonucci, en un artículo publicado en el portal de la oficina de prensa de la ULA reflexiona sobre "el carácter de las pretensiones oficialistas, el silencio del TSJ sobre el tema, el accionar del Consejo Nacional de Universidades, compuesto por mayoría oficialista -gracias a la designación apurada que hizo la Asamblea Nacional anterior al 2015 en sus últimos días-, así como la postura que Averu ha mantenido".


Mario Bonucci, rector de la ULA (Foto: prensa ULA)

Para el rector todo obedece a lo que denomina "política gubernamental no escrita", pero que -a su juicio- por la vía de los hechos puede deducirse y delinearse perfectamente. 

"No harán más elecciones y por agotamiento o muerte sustituirán a las autoridades y con ello desaparece la Autonomía Universitaria", sentencia Bonucci en su escrito, haciendo un llamado a luchar por la democracia, la libertad y la solidaridad; "valores todos estos que nos han formado como ser humano en nuestro transitar por nuestras casas de estudio".

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